Para crear un sello discográfico en España no hace falta una licencia especial. Hay que elegir una forma jurídica (autónomo o sociedad), darse de alta en Hacienda y, en su caso, en la Seguridad Social, registrar el nombre como marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas, firmar contratos por escrito con los artistas, contratar una distribuidora digital, gestionar los códigos ISRC y UPC de cada lanzamiento y, si produce grabaciones, valorar el alta en AGEDI como productor fonográfico. A partir de ahí, el trabajo diario es elegir artistas, producir o licenciar discos y promocionarlos.
Qué hace un sello y qué tipo de sello quiere ser
Antes de los trámites, conviene definir el proyecto. Un sello puede producir las grabaciones y ser su propietario, licenciar grabaciones que ya existen o limitarse a publicar y promocionar lo que le traen los artistas. Explicamos las funciones de un sello (búsqueda de artistas, producción, distribución, promoción y gestión de derechos) en la página de sello discográfico.
Un sello discográfico digital publica sobre todo en plataformas y fabrica discos físicos solo de forma puntual. Necesita menos inversión inicial, pero los trámites legales y los contratos son los mismos.
Forma jurídica y alta fiscal
En términos generales, hay dos opciones:
- Como persona física, dándose de alta como autónomo. Es la vía más sencilla para empezar, pero responde usted con su patrimonio personal.
- Como sociedad, normalmente una sociedad limitada, que se constituye ante notario y se inscribe en el Registro Mercantil. Requiere más trámites y gastos de gestión, pero separa el patrimonio del sello del suyo.
En los dos casos hay que presentar la declaración censal de alta en la Agencia Tributaria, con el modelo 036, indicando la actividad, y cumplir después las obligaciones de IVA y de impuestos sobre la renta o de sociedades. Si trabaja como autónomo, también debe darse de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. La elección depende de su situación, de los ingresos previstos y del riesgo que asuma, y es una decisión para tomar con un asesor fiscal.
Nombre y marca
El nombre del sello aparecerá en cada lanzamiento, en las plataformas y en los contratos. Antes de usarlo, compruebe en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) que no está registrado por otra persona para actividades relacionadas con la música. Al registrarlo se eligen las clases de productos y servicios que quiere proteger. Según la OEPM, la marca dura diez años desde la fecha de solicitud y se renueva por periodos sucesivos de diez años.
Contratos con los artistas
La relación con cada artista debe quedar por escrito: qué grabaciones abarca, durante cuánto tiempo, en qué territorios, quién es propietario de los másters, cómo se reparten los ingresos y quién paga qué. La Ley de Propiedad Intelectual exige que la cesión de derechos de autor se formalice por escrito y limita la que no fija plazo ni territorio. Desarrollamos los tipos de acuerdo y sus cláusulas en la guía del contrato discográfico.
Si el sello paga y organiza la grabación, la ley lo considera productor del fonograma, con derechos propios sobre esa grabación. Conviene que el contrato lo diga con claridad.
Distribución, ISRC y UPC
Para que sus lanzamientos lleguen a Spotify y al resto de plataformas, el sello necesita una distribuidora digital. Compare condiciones: comisiones o cuotas, plazos de pago, informes de ventas y, sobre todo, qué pasa con el catálogo si deja de trabajar con ella. Explicamos el proceso de entrega en la guía sobre cómo subir música a Spotify.
Cada grabación necesita un código ISRC y cada lanzamiento, un código UPC o EAN. Muchas distribuidoras los asignan, pero un sello que produce sus grabaciones puede gestionar sus propios ISRC. En España, la agencia nacional del ISRC es AGEDI. Lo detallamos en la guía del código ISRC.
Derechos de productor: AGEDI
AGEDI es la entidad de gestión colectiva de los productores de fonogramas y de vídeos musicales en España. Cuando las grabaciones del sello se comunican al público, por ejemplo en la radio o en locales, la ley reconoce al productor una remuneración que se gestiona a través de entidades como esta. Si el sello produce grabaciones, conviene informarse de las condiciones de alta.
Los derechos de autor de las canciones los gestiona la SGAE y corresponden a sus autores y editores, no al sello por el hecho de publicarlas. Si el sello quiere gestionar también esa parte, tendría que actuar como editorial musical, que es otra actividad y otro contrato.
Promoción
Publicar no basta. Un sello independiente suele trabajar con un calendario de lanzamientos, propuestas a los editores de listas desde las herramientas de cada plataforma, notas de prensa, contacto con medios y radios, redes sociales y conciertos. La identidad del sello, la coherencia del catálogo y una web propia ayudan a que medios y oyentes lo reconozcan.
Advertencia
Esta guía es general e informativa. No sustituye el asesoramiento de un abogado, de un asesor fiscal ni la información de la Agencia Tributaria, la OEPM y las entidades de gestión, que son quienes fijan sus requisitos. Si está montando un sello y necesita un estudio para sus grabaciones, puede escribirnos desde el formulario de contacto.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta una licencia para crear un sello discográfico?
No existe una licencia específica para abrir un sello. Lo que hace falta es ejercer la actividad con una forma jurídica, como autónomo o como sociedad, darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social cuando corresponda y cumplir las obligaciones fiscales. Además conviene registrar la marca y firmar contratos por escrito con los artistas. Un asesor le dirá qué encaja en su caso.
¿Qué es un sello discográfico digital?
Es un sello que publica sobre todo en plataformas de streaming y descarga, sin fabricar discos físicos o fabricándolos solo de forma puntual. Funciona igual que cualquier otro sello: contrata con los artistas, produce o licencia las grabaciones, las entrega a través de una distribuidora y las promociona. Lo que cambia es la inversión inicial en fabricación y almacén.
¿Tiene que darse de alta el sello en AGEDI?
No es obligatorio, pero AGEDI es la entidad que gestiona en España los derechos de los productores de fonogramas y vídeos musicales, y también es la agencia nacional del código ISRC. Si el sello produce grabaciones que se emiten o se comunican al público, puede interesarle asociarse para cobrar los derechos que le correspondan como productor. Las condiciones las fija la propia entidad.
¿Conviene registrar el nombre del sello como marca?
Es muy recomendable. Antes de usar un nombre, compruebe en la Oficina Española de Patentes y Marcas que no está registrado por otro para actividades parecidas. Según la OEPM, la marca dura diez años desde la solicitud y puede renovarse por periodos sucesivos de diez años. Registrarla evita tener que cambiar de nombre cuando el catálogo ya es conocido.



